D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto, ejercido por ABGS. JUAN DE JESÚS GUTIÉRREZ y MAYERLIN ACOSTA, Fiscal 12º a Nivel Nacional con Competencia en Materia contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales y Fiscal 4º del Ministerio Público contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, actuantes en el presente proceso judicial; tal acción de impugnación interpuesta en contra del fallo dictado el 10-03-2011 por el Tribunal 5° en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Edo. Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 10 de Marzo de 2012, mediante la cual la Juez A Quo Acuerda Otorgar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del ciudadano CARLOS VALENTIN AMARO FIGUEREDO. T.....