se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta hasta la presente fecha 21-06-2009 lleva un tiempo cumplido de DOS 2 MESES Y VEINTIOCHO 28 DIAS la cual vence el 23-042017 por otra parte se evidencia que el referido penado para optar a las medidas alternativas de cumplimiento de pena por DESAPLICACION del articulo 493 del código orgánico procesal penal, podrá solicitar los beneficios señalados en la ley a partir de DESTACAMENTO de Trabajo, al cumplir1/4 parte de la pena(DOS 2 años el cual puede solicitar desde el 23-04-17 REGIMEN ABIERTO al cumplir 1/3 parte de la pena de dos (6) años y ocho 8 meses la cual se cumple el 23 de diciembre del 2011 así mismo la LIBERTAD CONDICIONAL al cumplir 2/3 parte de la pena(cinco 5 años y cuatro 4 meses que lo puede solicitar el 23-08¿2014 CONFINAMIENTO al cumplir 3 /4 partes de la pena SEIS(6) años es decir el 23-04-2015 EL penado, EL fiscal 11 del minis.....