Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la ciudadana NORMA TIBISAY COVA BELMONTE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 9.951.063, contra la Providencia Administrativa Nº 2014-00420, de fecha 11 de julio de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró con lugar la solicitud presentada por la sociedad mercantil CONGELADORA CARONÍ, C. A. y la autorizó para despedir a la recurrente, ya mencionada. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.