MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº PJ0822017000600. Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA Homologando el DESISTIMIENTO del presente PROCEDIMIENTO de DIVORCIO 185-A; presentada por los ciudadanos ANA MARINA CACHEIRA y JORGE DAVID RIVAS MOTA, por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de las partes y ajustado a las previsiones de la norma contenida en el Artículo 263, del Código del Procedimiento Civil.