este Juzgado de Municipio y Ejecutor de Medidas del municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA, de la parte demandada, y en consecuencia CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de Acción Reivindicatoria incoada por el ciudadano Carlos Luis Deviez, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nº V-14.998.155, contra el ciudadano Domingo Quintero, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nº. V-15.587.817.
SEGUNDO: SEGUNDO: Se condena al ciudadano Domingo Quintero, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nº. V-15.587.817, a que restituya al demandante de autos ciudadano Carlos Luis Deviez, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nº V-14.998.155, el inmueble ubicado en Callejón sin nombre final avenida 14, Chivacoa Municipio Bruzua.....