Por las razones que se expusieron, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 31, 33 y 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el abogado Fernando Miguel Oliveros, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 202.381, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano Alejandro Díaz Farias, titular de la cedula de identidad Nro. 15.387.198, mediante la cual ejerció el presente recurso contencioso administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto contra la Providencia Administrativa N° 529/2013 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado .....