Este Tribunal para decidir observa que es procedente la petición de Divorcio solicitada por los cónyuges JIMMY ENRIQUE SANCHEZ LIBERATO Y ORIANA CAROLINA ESCORCHE CONTERAS de mutuo acuerdo alegado y que se le declare el divorcio y en consecuencia la extinción del vínculo matrimonial celebrado entre ellos en fecha 30 de Marzo del año 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en atención a lo cual este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y en consecuencia, disuelto por divorcio por mutuo consentimiento el matrimonio civil que habían contraído los ciudadanos: JIMMY ENRIQUE SANCHEZ LIBERATO Y ORIANA CAROLINA ESCORCHE CONTRERAS Así se decide.
Una vez firme la presente decisión.....