´´Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO solicitado por el ciudadano NESTOR RAMON CORDERO BASANTA, identificado al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: NESTOR RAMON CORDERO BASANTA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.009.065 y BELKIS HERMINIA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.617.615, que se perfeccionó entre ellos el día 17 de agosto del año 2.000, por ante el Registro Civil de la Parroquia Dalla Costa, Municipio Sifontes del Estado Bolívar, tal y como se evidencia del acta certifi.....