En conclusión, se declara Sin Lugar la pretensión intentada por el ciudadano NOEL ISAÍAS DEVÍEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.623.295 contra CERÁMICAS VIZCAYA, C.A. Así se decide.
-VI-
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución y las leyes, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES, SEGÚN CONTRATACIÓN COLECTIVA incoada por el ciudadano NOEL ISAÍAS DEVÍEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.623.295 contra la CERÁMICAS VIZCAYA, C.A. Así se decide.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCER.....