Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil SURAL C.A., contra la Inspectoría del Trabajo Alfredo Maneiro de Puerto Ordaz Estado Bolívar, en consecuencia ordena al referido órgano administrativo suspenda la reuniones fijadas con ocasión de la discusión del proyecto de Convención Colectiva 2009-2011, propuestas por la organización sindical Unión Sindical de Empleados y Técnicos de la Empresa Sural, C.A. (UNISINEMPLESUR), hasta tanto sea legitimada por el organismo competente, la Junta Directiva de la referida organización sindical. El no cumplimiento de la presente decisión acarreará la aplicación de las sanciones señaladas en la Ley.