Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: conforme a lo establecido en el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 13, 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en fecha 12-11-2009 por Tribunal 5° de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, con ocasión a la Audiencia de Presentación de Imputados llevada a cabo en data 05-11-2009, ello en relación a las medidas cautelares sustitutivas de la privativa de la libertad, decretadas por el a quo a favor de las ciudadanas Carmen Josefina Barrios, Marinelis Jackelin Navarro, y la Libertad Sin Restricciones otorgada al ciudadano José Gerónimo Montilla, en el proceso penal seguídoles por s.....