Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuesta, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS DE LA DE CUJUS: JOSEFINA RAFAELA HERNÁNDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nª V-2.172.333, y de este domicilio, fallecida en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, en Fecha Veintiocho (28) de Septiembre de 2023, a su hijas Ciudadanas: SONIA MARIBEL CORNIELES HERNÁNDEZ Y AURITA JOSEFINA CORNIELES HERNÁNDEZ, ya identificadas. Así se decide Expresamente.
Expídase por Secretaria, de conformidad co.....