Por recibido el presente asunto, Ejecútese la sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Noviembre del 2005, por el procedimiento de admisión de Hechos de conformidad con el artículo 376 del COPP, mediante el cual condenó al ciudadano YAN CARLOS EZEQUIEL FRANCO, titular de la cédula de identidad N° 13.115.235, de fecha de nacimiento 27-12-1976, estado civil casado, hijo de Yolanda Isquiel y Carlos Franco y residenciado en Magdalena calle la brisa casa N° 02-09 Municipio San Juan Estado Aragua, teléfono N° 0416-4320637, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal, así mismo se le condena a cumplir las penas accesorias previstas en los artículo 16 del mencionado Código. Este Tribunal de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo .....