En este estado la ciudadana Juez declara abierto el acto y da inicio al Acto Conciliatorio, recordándole y explicándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en esta causa y de este modo lograr ahorro de energías y recursos, mediante la evitación de un proceso prolongado. Se abrió el debate y del mismo se desprendió el siguiente acuerdo conciliatorio: Las apoderadas de la parte demandada ofrecen cancelar a la parte demandante la cantidad de DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 19.781.000,00) por concepto de los montos condenados según sentencia de fecha 22 de Octubre del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, conjuntamente con la experticia complementaria del fallo, así como lo que corresponde cancelar al exper.....