Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Demanda intentada por la ciudadana SILVIA PAEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 4.936.236, representado por la abogado en ejercicio AILEN BRITO, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la empresa UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO MAESTRO JOSE MANUEL ECHEGARAY y en consecuencia se condena a esta última a pagar por concepto de prestaciones sociales a la accionante SILVIA PAEZ previamente identificada, la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON SIETE CÉNTIMOS (Bs. 55.763,07).
Igualmente se condena a la demandada a cancelar los intereses de mora causados por la falta de pago de la .....