Vista la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana LIVIA MERCEDES MERIÑO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 7.583.008, con domicilio en la Segunda Calle Principal Barrio El Callejón La Amistad, Casa N° 56, Obonte del Municipio la Trinidad del estado Yaracuy; asistida por el abogado HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.815; por cuanto la misma no es evidentemente contraria a derecho, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda darle entrada, registrarla y admitirla a sustanciación en todo cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
En consecuencia, emplácese a los demandados, ciudadanos ALBERTH JHOSEP SÁNCHEZ MERIÑO, RUDY ALBERTO SÁNCHEZ MERIÑO y DEIVY RAFAEL SÁNCHEZ MERIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 16.823.511, 16.823.497 y 18.053.876 re.....