Con fuerza a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos: HECTOR JOSE PEREZ, NOLBERTO ANTONIO ALVARADO CHAVEZ y JANDY JAVIER ALVARADO, plenamente identificados al comienzo del presente fallo, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL para el primero de los mencionados y HOMICIDIO EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA con respecto a los otros imputados, previsto y sancionado en el artículo 407 y 84 del Código Penal vigente. En consecuencia, se ordena LA APREHENSIÓN designándose a los Cuerpos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación del Estado Yaracuy, a los fines de la práctica de la orden dictada por este Tribunal, quien deberá ser conducido a.....