DISPOSITIVO
Con base a los razonamientos expuesto este Tribunal de Control No. 1 del Circuito Judicial penal del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decide: 1) Se declara sin lugar la excepción opuesta por la defensa referida al incumplimiento de los requisitos de procedibilidad para intentar la acción. 2) Se Admite la acusación Fiscal dirigida en contra de los ciudadanos Franklin Gregorio Ruiz Castillo y Santiago López, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 2do aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. 3) Se admiten en los términos y condiciones establecidos supra, las pruebas ofrecidas durante el desarrollo del la Audiencia Preliminar. 4) Conforme a lo establecido en el artículo 331 de la norma adjetiva penal, se dicta el correspondiente auto de apertura a Juicio oral y Públi.....