este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN,. Ahora bien, se deja constancia de que la presente causa sigue su curso legal pertinente, ello en razón de que la parte demandada ejerció al igual que el demandante el recurso de apelación correspondiente a la ley. Así se decide.