Por las razones expuestas este Tribunal Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADA la presente causa de Desalojo de un Local comercial, incoado por la Ciudadana: Ana Lucia Bolívar de García, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.593.224, y de este domicilio, contra el Ciudadano: Leonel Rafael Sandoval, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-8.539.616, y de este domicilio; en consecuencia se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial. Cúmplase.