En fecha 22 de Abril de 2008, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÒN Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, CON SEDE EN PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por PAGO DE CESTA TICKET, que intentara el ciudadano JOSE ALFREDO BEJARANO GUZMAN, contra las empresas "GUMIS, C.A; VULCANIZADORA TECNICA, C.A; y HERRAMIENTAS y TRANSMISIONES, C.A., en virtud de la confesión y en consecuencia se ordena el pago por la cantidad de OCHO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 8.085.000,00), o su equivalente a la moneda actual del país; Y ASI SE DECIDE