este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos GLADY MERCEDES PINTO ORDOÑEZ y ALIRIO DANIEL BASTIDAS BAUDIN, plenamente identificados en autos, y DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha diecisiete (17) de noviembre de 1983, por ante el Registro Civil de la parroquia Campo Elías del municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 06, folio 8 al vto y 9, que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa Oficina para el año 1983.