este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIOYOLY DEL VALLE BUENO MÉNDEZ y NIGEL LUIS AMARO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.096.238 y Nº V-11.648.068, respectivamente.