Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, la Ejecución Forzosa ordenada por el Tribunal de la Causa, y vista la solicitud de las partes se concede el lapso de un (1) día para la entrega del inmueble a la parte ejecutante en la fecha y hora acordada para la entrega. Seguidamente se deja constancia que algunos bienes muebles que se encontraban en el inmueble fueron retirados por su propietario ciudadano: ALBERTO MEDINA, anteriormente identificado, con excepción de los antes descritos contenidos en el inventario levantado por la Depositaria que se anexan y que forman parte integral de esta acta. Es todo. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a su sede siendo las Cuatro y treinta de la tarde (4:30 p.m.). Termino, se leyó y conformes firman.
El Juez,
Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES
El Notificado
El Abogado Apoderado de la parte Acto.....