Este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia decide: Mantener la decisión tomada en fecha 15/06/2007 donde el Joven adulto: IVAN JOSÉ BRITO BRITO, ya identificado, deberá permanecer en el Internado Judicial pero en lo posible separado de los adultos penados cumpliendo Medida de Privativa de Libertad, conforme a lo previsto en el Artículo 628 Parágrafo 2do. de la LOPNA, en virtud a ello se reitera la orden de que el Joven adulto sea trasladado en las oportunidades indicadas hasta la Entidad Socio Educativa, a fin de dar cumplimiento en lo posible y con las limitaciones que suele presentase al Plan Individual. De la misma manera oficiar al Director del Internado Judicial a los fines de que implemente alguna medida o bien habilite algún espacio, para ubicar a los jóvenes adultos sancionados, mediante la aplicación de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; .....