Se dictó y publicó sentecia definitiva Nº PJ0172016000079, mediante la cual se declaró: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de NULIDAD ABSOLUTA Y DAÑOS MORALES. En consecuencia, se declara la NULIDAD ABOSOLUTA del contrato de venta celebrado entre el ciudadano NELSON EDUARDO LEZAMA MAINIERI y NELSON DE JESUS LEZAMA BONES, inscrito en el Registro Público el día 22 de abril de 2013, bajo el Nº 2013-505, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 299.6.3.4.1928 y correspondiente al libro de folio real del año 2013. TERCERO: IMPROCEDENTE los daños morales reclamados por el demandante. CUARTO: Queda así MODIFICADO el fallo recurrido con los argumentos aquí expuestos, dictado por el a quo en fecha 18-12-2015. QUINTO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. SEXTO: Se ordena la notificación a la partes de la presente decisión.