En fecha 22/07/2008 este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, que intentaran los ciudadanos WILFREDO JIMENEZ, GUILLERMO TORRES, ALVARADO YANEZ, JESUS BOGARIN, ADEL RAMIREZ, y YONIS CAMARGO en contra la empresa EDIPROYEC C.A., todos plenamente identificados, y en consecuencia se ordena el pago de la las cantidades expresadas en la motiva del fallo en virtud del principio de unidad del mismo. Y así se establece.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, al pago de los intereses sobre la prestaciones de antigüedad, a quienes les corresponda, según lo establecido en la parte motiva, cuyo monto se determinará mediante experticia complementaria del fallo, la cual.....