Por los razonamientos que anteceden este Juzgado de Primera Instancia Agraria y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley y con fundamento en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declarase SIN LUGAR la demanda que por Interdicto Restitutorio intento el ciudadano COLAGERO TIRONE LAZZARA ya identificado, contra los ciudadanos JANNY MISEL, LUIS LAREZ, JUAN CARLOS AMAIZ y PAULA CHACON, también identificados en esta sentencia. Como consecuencia de la declaratoria sin lugar de esta querella se ordena la suspensión de la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 30 de marzo de 2005 y ejecutada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cedeño, Aguasay, Acosta, Caripe y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial en fecha 04 de mayo de 2.005, del inmueble el cual esta identificado en el cuerpo de este fallo
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