En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara en la incidencia surgida en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por el ciudadano LUCIANO CLAVEZ GARCIA en contra de las sociedades mercantiles PROPERI CUMANA, C.A., INDOINCA, y los ciudadanos MARIO BENEDETI, MEZEN YCHATAY y JORGE GARCIA, seguido por ante el Tribunal Accidental Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN DE FECHA 20/03/2014 ejercida por la abogada MARYORI ROA – folio 330 de la pieza 1 - quien funge como co-apoderada judicial de la parte actora, ciudadano LUCIANO CHAVEZ GARCIA EN CONTRA DEL AUTO DE FECHA 17/03/2014 – folio 329 – RESPECTO AL PARTICUL.....