ACUERDA CONCEDER EL BENEFICIO DE ESTABLECIMIENTO ABIERTO, que esta contemplado en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario a el penado JOSE ANTONIO RODRIGUEZ, el cual habrá de cumplir en el Destacamento de Trabajo Agrícola Dr. Francisco Vargas Muñoz, en Iboa, Municipio Arístides Bastidas, en virtud de que el mismo presenta Oferta de trabajo para laborar en el Mercado Municipal de esta ciudad, y deberá pernoctar en el referido Destacamento agrícola, esto en virtud de la situación de hacinamiento que presenta el Centro de Tratamiento Comunitario de Barquisimeto estado Lara, que es el mas cercano, y en virtud que la oferta de trabajo que consiguió es para laborar en San Felipe; por lo que al mismo se le impone de la necesidad en que está de someterse a las condiciones que estipula el referido Destacamento de trabajo a fin de cumplir con el beneficio de Establecimiento Abierto. Así mismo se le informa al penado que de violentar el régimen acordado será recluido nuevamente en el in.....