Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por la ciudadana TULIA CAROLINA CAMPOS DE MIRANDA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 8.879.120 debidamente asistida por el abogado en libre ejercicio DWIGHT PUCUTIVO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 195.260,.-
Publíquese y regístrese la presente decisión y déjese copia certificada en el archivo del tribunal.