Por todas las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DELSEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la parte de la ciudadana MAGALIS DEL CARMEN COLINA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este do¬micilio, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.317.647. contra el ciudadano ORLANDO RAFAEL RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.553.755; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos,