PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR, interpuesto por la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA DE ATENCIÓN TELEFÓNICA EJIDO (EPSD ATENCIÓN TELEFÓNICA EJIDO), C.A., representada por los ciudadanos Carmen Aurora Peña De Hernández, María Auxiliadora Rondón De Nieto, Ana Libia Ferreira De Mora, Oscar Yovany Lobo Méndez, Dennys Coromoto Borrero Ortega, Argimiro José Pineda Rojas, Víctor Andrés García Vielma, María Elena Trejo Ávila y Yoseleris Del Valle Marquina Jiménez, por intermedio de su Apoderado Judicial el Abogado JUAN GABRIEL ZERPA BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.239.338, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 127.803, contra el ACTO ADMINISTRATIVO de efectos particulares contenido en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00471-2013, de fecha 21 de noviembre de 2013.