este Tribunal de conformidad con lo previsto en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y cumplidos los requisitos establecidos en el parágrafo único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, decide lo siguiente: PRIMERO: Se procede en este acto a la entrega del cheque por la cantidad de de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.000.000,00), al ciudadano: RONALD MARQUEZ, para lo cual manifiesta realizar dicho pago en este acto mediante el cheque Nro.38620135, del Banco Nacional de Crédito a nombre del trabajador (RONALD MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.297.281), cuenta corriente Nº 0191-0001-42-2101011299. B.- Se HOMOLOGA el presente acuerdo, otorgándole cosa juzgada. Así mismo, se da por terminada la presente causa, y se ordena el archivo del expediente mediante auto por separado. Se hace entrega del cheque al trabajador presente en el acto. Es todo, ter.....