DISPOSITIVA
Por todas la consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia y en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: LA CADUCIDAD DE LA ACCION PROPUESTA Y LA INADMISIBILIDAD de la solicitud de calificación de despido interpuesta por el ciudadano TIDAL BETANCUORT, contra la ASOCIACIÓN CIVILES 70, YURUARI TRAVEL, EJECUTIVOS DEL MILENIO, TREN EXPRESS Y VENCEDORES GUAYANA, ambas partes plenamente identificados en autos.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y MEDIACIÓN, DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. SEDE CIUDAD BOLÍVAR, a los Veintitrés (23) días del mes de Enero del dos mil Siete (2007). Siendo las Tres (03:00 p......