en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; LE IMPARTE HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO. En consecuencia, se ordena el cierre y el archivo del expediente. Remítase al ARCHIVO JUDICIAL para su guarda y custodia. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.