Este Tribunal Primero de Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 2009/0006 de fecha 18 de marzo de 2009, emanada de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.952 de fecha dos (2) de abril de 2009, declara con LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: DENNY AURIMA ALFINGER QUINTERO Y EDUARDO CANELO GUTIERREZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.021.160 y V- 14.789.214, respectivamente, ella con domicilio actual en la ciudad de Muñiz, Buenos Aires Argentina y él en la avenida corrientes de Villa Crespo, Buenos Aires Argentina, a través de las abogadas OLIVIA FIGUEREDO Y MARIA BEATRIZ NOGUERA QUINTERO, titulares de las cédulas de identidad N° V- 7.500.632, I.P.S.A. N°203.030 y V- 11.279.685, I.P.S.A. N°203.....