el Tribunal Ejecutor de Medidas administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda decretar la Medida Cautelar Innominada de Prohibición de Innovar, prohibiendo a la Asociación Cooperativa "Merka de Chivacoa 056 R.L." representada por el ciudadano Alberto José Rodríguez R. ya identificado en la presente acta, a quien se hizo la notificación de la Constitución del Tribunal, y de realizar reformas estructurales, mejoras y construcciones al inmueble ubicado en la dirección señalada en la Comisión. A su vez acuerda lo solicitado por el Apoderado de las partes actoras de devolver la Comisión al Tribunal Comitente. Cumplida como ha sido la presente Comisión no teniendo otra diligencia que realizar, el Tribunal acuerda regresar a su sede natural. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-