Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÌVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal del convenimiento de fecha 22 de enero del año 2018, celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Domingo Sifontes del estado Bolívar, entre Yoniel Ramón Ferrer Vallenilla y Yury Beatriz Amaro Zurita, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-20.884.990 y V-16.206.039, respectivamente, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme y en consecuencia, QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento, trascrito en la parte narrativa de esta decisión.
2.- Se ordena notificar mediante boleta a la Fiscalia Séptima del Ministerio.....