DECISIÓN
En consecuencia, por cuanto lo peticionado no es contrario a derecho, en correspondencia con la protección del derecho al Trabajo como hecho social y en aras de cumplir con los demás preceptos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecidos en los artículos 87, 88 y 89, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución y las leyes, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por los ciudadanos FRANKLIN RAFAEL RODRIGUEZ PALACIOS, JOHAN ALBERTO GUTIERREZ, JOHNNY MANUEL LOYO GIMENEZ, DANNY PASTOR JIMENEZ, DAYSMAR YOSELIN PALENCIA y MARWIN JOSÈ CASTRO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.619.265, V-15.285.654, V-25.178.152, V-19.198.301, V-23.57.....