En este sentido el mutuo consentimiento, como lo determina la Sala Constitucional, también constituye una causal de divorcio, esto es, si ambos cónyuges están de acuerdo en disolver el vínculo matrimonial que los une por tornarse el matrimonio insostenible, no existe ningún justificación válida para impedir el divorcio.
Ahora bien, vista las observaciones hechas, y en virtud de que solo compareció una de las partes (cónyuge), a solicitar el Divorcio de Mutuo Consentimiento debe por fuerza este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la INADMISIBILIDAD DE LA ACCION propuesta.- Así se decide.-