este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentada por la ciudadanos MARY JOSEFINA DUDAMEL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-10.859.651 y CARLOS ALBERTO ANDRADEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.917.080 DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha en fecha diecinueve (19) de noviembre de 1997, por ante la Comisión de Registro Civil de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 80, folio 120 y Vto., que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa oficina para el año 1997.