Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara:
Primero: Homologado el convenimiento de la demanda en los propios términos expresados por el demandado AUGUSTO PINTO RODRIGUEZ, en cuanto al reconocimiento en su contenido y firma del instrumento privado en que se funda esta demanda
Segundo: Se ordena al demandado a concluir el contrato otorgando el respectivo documento traslativo de la propiedad ante el Registro Público de esta ciudad donde está asentado el instrumento que le acredita la propiedad del inmueble en referencia, cumpliendo con los requisitos legales para ello. En caso que el demandado no cumpla con la obligación de otorgar el contrato traslativo de la propiedad dentro del plazo que se le otorgue para el cumplimiento voluntario de esta se.....