este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA ORDINARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO, de los ciudadanos VÍCTOR ROSARIO SILVA MUÑOZ, ASDRUBAL JOSÉ SILVA MUÑOZ, y LUÍS JESÚS SILVA MUÑOZ, suficientemente identificados ut supra, anotadas con los números 484, 1.330 y 297 respectivamente, correspondientes a los libros de nacimientos del año mil novecientos cincuenta y ocho (1958), mil novecientos sesenta (1.960) y mil novecientos sesenta y tres (1.963) respectivamente, asentadas en los libros de Nacimiento del Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, en el sentido que:
ÚNICO: Donde aparece asentado el nombre del padre de los solicitantes en la redacción de las Actas de Na.....