En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por el Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del municipio José Antonio Páez, Sabana de Parra del estado Yaracuy, actuando a solicitud de los ciudadanos ANGELICA WUAYOLI ARANGUREN GONZALEZ y CESAR AUGUSTO URANGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.488.635 y 15.284.026 respectivamente, domiciliados en la calle 5 entre carreras 5 y 6 sector Copa Redonda, municipio José Antonio Páez del estado Yaracuy, en beneficio del niño "Identidad omiti.....