En fecha 23-05-2007, se dicta sentencia mediante la cual en estricta sujeción a lo decidido por esta Alzada, a cargo del DR. RAMON CORDOVA ASCANIO, en fecha 15 de noviembre de 2005, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora recurrente, por las consideraciones antes expresadas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el extinto Juzgado Tercero de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de fecha 09/05/2005.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Una vez vencidos los lap.....