DECLARA,
PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.592.746 y con domicilio en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, a consignar los números de cédulas de identidad y domicilios de la parte demandada en el presente juicio, tal y como lo establece el ordinal 2 del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, a los fines del pronunciamiento sobre su admisión.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: POR CUANTO LA PRESENTE DECISIÓN SALIO DENTRO DEL LAPSO, no se requiere notificación de la parte actora.