DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN JUDICIAL QUE POR IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD, fue interpuesta por el ciudadano HIDALGO RIVAS JHONATHAN JESÚS, venezolano mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cedula de identidad N° 18.757.800, representado por sus apoderados judiciales, abogados BERMUDEZ OCHOA MIGUEL ALFREDO y BAQUERO GIMÉNEZ MAXIMILIANO, Inpreabogado N° Inpreabogado N° 269.291 y 269.359 respectivamente, contra el ciudadano HIDALGO RAMOS FRANKLIN JESÚS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cedula de identidad N° 8.165.298.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara la nulidad del reconocimiento de filiación paterna efectuado por el ciudadano HIDALGO RAMOS FRANKLIN JESÚS, en fecha 6 de marzo de 1996, por ante la Prefectura del Distrito San Felipe, hoy Municipio San Felipe del estado Yaracuy, así como la nota marginal inserta en la partida de nacimiento N° 639 de fecha 17 de junio de 1988, por no ser el padre biológico del ciu.....