Por las razones de hecho y de derecho vertidas en la anterior Decisión, este Juzgado Superior Segundo (2º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela Y POR Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA FUNCIONAL para conocer del presente Asunto en primer grado de la Jurisdicción. SEGUNDO: Declina la Competencia al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, que resulte luego que la Unidad de Recepción y Distribución de Expedientes (URDD) haga la respectiva distribución. TERCERO: No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Líbrese Oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Expedientes (URDD), para que de cumplimiento sin más dilación lo aquí ordenado.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el compilador respectivo. De igual forma de ordena la publicación de la presente inte.....