Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD), contra la decisión de fecha 17 de enero de 2014, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "SIN LUGAR" el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano ISAURO ARZA RAMIREZ, por consiguiente "SE CONFIRMA" la validez del Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 035/2011, de fecha 19 de enero de 2011, pr.....